La actividad veterinaria en España está regulada por normativas fiscales, contables y laborales específicas que requieren atención especial por parte de los profesionales del sector. Estas normativas incluyen la correcta aplicación del IVA en sus distintos tipos, la gestión contable de inventarios, activos y facturación, así como la implementación del Convenio de Centros y Servicios Veterinarios publicado en 2020.
Este convenio, que regula aspectos como horarios, pluses y rotaciones de guardias, es fundamental para garantizar condiciones laborales justas y el cumplimiento de la normativa vigente. Además, una adecuada planificación fiscal y contable permite no solo evitar sanciones, sino también optimizar los recursos del negocio.
En esta guía, desglosaremos punto por punto las principales obligaciones y particularidades de la actividad veterinaria en España, ayudándote a comprenderlas y gestionarlas de manera eficiente. ¿Listo para llevar tu práctica veterinaria al siguiente nivel? ¡Vamos allá!
Obligaciones fiscales de los veterinarios
Los veterinarios en España, ya sean autónomos o gestores de clínicas y centros veterinarios, deben cumplir con una serie de obligaciones fiscales específicas que varían según su forma jurídica (autónomos o sociedades). Estas son las principales:
Para autónomos
- Alta en Hacienda: Es obligatorio registrarse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores mediante el modelo 036 o 037.
- Retenciones en facturas: En caso de prestar servicios para otras empresas o clínicas, se debe aplicar la retención correspondiente en las facturas.
- Declaraciones de IVA: Es necesario presentar el modelo 303 de liquidación trimestral y el modelo 390 como resumen anual.
- Declaraciones de IRPF: Los autónomos deben realizar pagos fraccionados trimestrales (modelo 130) y presentar la declaración anual de la renta.
Para sociedades y clínicas veterinarias
- Impuesto de Sociedades (IS): Las sociedades tributan por sus beneficios mediante el Impuesto de Sociedades, que se presenta de forma anual.
- Declaraciones de IVA: Similar a los autónomos, pero con una gestión más compleja debido a los bienes de inversión y el inventario.
- Retenciones de empleados: Deben presentar modelos como el 111 (retenciones de IRPF de los trabajadores) y el 190 (resumen anual).
Obligaciones comunes
- Facturación: Todas las operaciones deben estar debidamente documentadas con facturas que detallen los servicios y el tipo de IVA aplicable.
- Libros de registro: Es obligatorio llevar libros de ventas, compras, bienes de inversión y operaciones intracomunitarias.
Nota: Las particularidades fiscales pueden variar según los servicios ofrecidos, como la venta de medicamentos (solo para ganadería), que cuenta con normativas específicas en cuanto al IVA.
Contabilidad en el segmento veterinario
La contabilidad juega un papel crucial en la gestión de la actividad veterinaria. Una buena organización contable no solo asegura el cumplimiento de las normativas fiscales, sino que también permite un control efectivo de los recursos y el crecimiento sostenible del negocio.
Para autónomos
- Gestión simplificada: Los veterinarios autónomos no están obligados a llevar una contabilidad completa según el Plan General de Contabilidad (PGC). En su lugar, deben mantener libros de:
- Ingresos y gastos.
- Bienes de inversión.
- Provisiones de fondos y suplidos.
- Control de inventarios: Aunque no es obligatorio, llevar un control de medicamentos, productos vendidos y suministros ayuda a optimizar las operaciones.
Para clínicas y sociedades veterinarias
- Contabilidad ajustada al PGC: Las sociedades deben llevar una contabilidad completa que registre:
- Activos y pasivos.
- Ingresos y gastos.
- Movimientos de inventarios y bienes de inversión.
- Gestión de inventarios: Las clínicas suelen manejar grandes volúmenes de medicamentos, otros productos como collares, piensos, etc. y material clínico, que deben ser registrados y gestionados correctamente.
- Amortización de activos fijos: Equipos médicos, mobiliario y otros activos deben registrarse como bienes de inversión y amortizarse según la normativa fiscal.
Software contable especializado Veterinarias
Se recomienda el uso de software adaptado al sector veterinario. Estas herramientas facilitan:
- La gestión de citas y facturación.
- El control de inventarios y stock.
- El cálculo de impuestos y amortizaciones.
Consejo: Mantener una contabilidad ordenada y clara es clave no solo para cumplir con las obligaciones fiscales, sino también para identificar oportunidades de mejora en el negocio.
Convenio de Centros y Servicios Veterinarios
El Convenio de Centros y Servicios Veterinarios, publicado en 2020, establece un marco regulador específico para las condiciones laborales en clínicas y centros veterinarios en España. Este convenio aborda aspectos clave como los horarios de trabajo, compensaciones económicas, y las responsabilidades en la formación y supervisión de los profesionales en prácticas.
Aspectos clave del convenio
- Horarios y pluses:
- Regulación de la jornada laboral máxima.
- Condiciones para horas extras y compensaciones.
- Pluses específicos como:
- Nocturnidad: Compensación por trabajar en horarios nocturnos.
- Peligrosidad: Por la manipulación de animales potencialmente peligrosos.
- Rotación de guardias:
- Normas sobre la disponibilidad de los trabajadores fuera del horario laboral.
- Obligación de descanso compensatorio tras periodos prolongados de guardia.
- Veterinarios supervisados:
- Definición de categorías profesionales.
- Periodos de supervisión y tutelaje para veterinarios en formación o prácticas.
- Obligación de planes formativos dentro de los centros.
Dudas frecuentes en su aplicación
- Interpretación de cláusulas: Muchos centros tienen dudas sobre cómo implementar los horarios y las compensaciones establecidas.
- Compensaciones por guardias: ¿Cómo se calculan y qué descansos son obligatorios tras las mismas?
- Supervisión profesional: Requisitos específicos para la formación y supervisión de personal en prácticas.
Impacto laboral del convenio
- Cambios significativos en los contratos y condiciones de trabajo.
- Mayor regulación y protección para los trabajadores del sector.
- Obligaciones claras para los empleadores respecto a horarios, pluses y formación.
Consejo: Contar con un asesor especializado en la aplicación de este convenio es fundamental para evitar conflictos laborales y garantizar el cumplimiento normativo. Esto no solo protege a los trabajadores, sino que también refuerza la reputación y el funcionamiento interno de la clínica.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El IVA es uno de los impuestos principales que afecta a la actividad veterinaria en España. Dependiendo del tipo de servicio o producto ofrecido, se aplica un tipo general o reducido, lo que requiere una gestión precisa para evitar errores fiscales.
Tipos de IVA aplicables
- Tipo general (21%):
- Aplicado a la mayoría de los servicios veterinarios, como consultas, cirugías o tratamientos.
- También se aplica a la venta de productos que no estén específicamente regulados como medicamentos de uso veterinario.
- Tipo reducido (10%):
- Servicios para explotaciones ganaderas, agrícolas y forestales: Los servicios prestados directamente a estas explotaciones y necesarios para su desarrollo están sujetos al tipo reducido.
- Medicamentos de uso veterinario: Siempre que estén regulados y se vendan exclusivamente como tales para ganaderos.
Requisitos para la aplicación del tipo reducido
- Los servicios deben prestarse a actividades económicas relacionadas con la agricultura, ganadería o silvicultura.
- En el caso de los medicamentos, estos deben cumplir con los requisitos legales para ser considerados como tales (no aplicable a complementos o productos generales).
Casos prácticos
- Consulta veterinaria para una mascota: IVA del 21%.
- Venta de medicamentos para animales de granja: IVA del 10%.
- Servicios de vacunación en una explotación ganadera: IVA del 10%.
- Venta de otros Productos. Collares desparasitarlos, piensos, etc. Es obligatoria el alta en Comercio al por menor, como Recargo de Equivalencia.
Obligaciones relacionadas con el IVA
- Presentación del modelo 303 de forma trimestral y del modelo 390 como resumen anual.
- Emisión de facturas correctas con el desglose del tipo de IVA aplicable.
- Conservación de documentos que justifiquen el uso del tipo reducido, como contratos con explotaciones agrícolas o certificados de medicamentos.
Nota: La correcta aplicación del IVA es fundamental para evitar sanciones por parte de Hacienda. Es importante contar con un registro detallado de las operaciones y asesoramiento especializado para gestionar las particularidades del sector.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF afecta principalmente a los veterinarios que operan como autónomos, quienes deben declarar los ingresos generados por su actividad profesional y deducir los gastos relacionados para calcular el rendimiento neto. Este impuesto se liquida tanto de forma trimestral como anual.
Modalidades de tributación
- Estimación directa normal: Obligatoria para veterinarios con ingresos anuales superiores a 600.000 € o aquellos que gestionan actividades más complejas.
- Estimación directa simplificada: Aplicable si los ingresos no superan los 600.000 € y permite una gestión más sencilla de los gastos deducibles.
Gastos deducibles específicos
Los veterinarios pueden deducir aquellos gastos que sean necesarios para el desarrollo de su actividad, como:
- Alquiler del local: Si se utiliza exclusivamente para la actividad.
- Material y suministros: Medicamentos, instrumental veterinario y productos clínicos.
- Gastos de transporte: Relacionados con desplazamientos profesionales.
- Servicios profesionales: Contabilidad, asesoramiento fiscal, etc.
- Formación y actualización profesional: Cursos, congresos y materiales relacionados con la profesión.
- Amortización de equipos y mobiliario: Por ejemplo, equipos de rayos X o mobiliario clínico.
Obligaciones de los autónomos respecto al IRPF
- Pagos fraccionados trimestrales (modelo 130): Se abona el 20% del rendimiento neto estimado durante el trimestre.
- Declaración anual de la renta: Incluye los ingresos y gastos anuales, ajustando lo abonado en los pagos fraccionados.
Casos prácticos
- Veterinario autónomo con clínica en alquiler: Puede deducir el alquiler, los suministros, los medicamentos utilizados y los honorarios del gestor.
- Veterinario que trabaja desde casa: Solo puede deducir los gastos proporcionados al porcentaje de la vivienda destinada al trabajo, como electricidad, internet y agua.
Consejo clave
Una correcta gestión de los gastos deducibles no solo asegura el cumplimiento fiscal, sino que también optimiza la carga tributaria. Es esencial llevar un registro detallado y conservar los justificantes de todos los gastos relacionados con la actividad.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo obligatorio para ciertos profesionales y empresas en función de la actividad que desarrollen. En el caso de los veterinarios, la clasificación depende de si trabajan como autónomos o gestionan una clínica o sociedad.
Clasificación en el IAE
- Autónomos:
- Los veterinarios que operan como autónomos deben darse de alta en el epígrafe 013 de la sección 2ª: «Veterinarios».
- Si se realiza actividad de venta de otros productos, como los indicados anteriormente, entre ellos los piensos, es obligatoria el alta en el epígrafe 659.7 Comercio al por menor.
- Clínicas y sociedades veterinarias:
- Las empresas o clínicas veterinarias se inscriben en el epígrafe 945 de la sección 1ª: «Consultas y clínicas veterinarias».
Obligaciones principales
- Alta en el epígrafe correspondiente: Todos los veterinarios deben inscribirse en el IAE al iniciar su actividad, indicando el epígrafe que mejor describa su labor.
- Exenciones del IAE:
- Los autónomos y empresas están exentos de pagar este impuesto si su facturación anual no supera el millón de euros.
- Declaración y pago: Si no están exentos, deben realizar el pago anual correspondiente al Ayuntamiento donde ejercen su actividad.
Particularidades del IAE para veterinarios
- Es posible que una misma clínica tenga que inscribirse en más de un epígrafe si realiza actividades complementarias, como venta de productos o servicios adicionales (peluquería animal, venta de piensos, etc.).
- Cambios en la actividad: Si se amplían o modifican las actividades declaradas, es obligatorio actualizar los datos en Hacienda.
Ejemplo práctico
- Veterinario autónomo que trabaja por cuenta propia: Inscrito en el epígrafe 013, y exento de pago si factura menos de un millón de euros.
- Clínica veterinaria con ventas de productos: Inscrita en el epígrafe 945 para servicios veterinarios y posiblemente en otro epígrafe para actividades de comercio.
Nota importante: Aunque muchos veterinarios no tienen que pagar el IAE por la exención de ingresos, el alta y la correcta inscripción en el epígrafe adecuado son obligatorias para evitar sanciones.
Obligaciones formales de facturación y registro
Una gestión adecuada de la facturación y los registros contables es esencial para los veterinarios, tanto autónomos como sociedades. Estas obligaciones no solo aseguran el cumplimiento legal, sino que también permiten un control eficiente de las operaciones económicas.
Facturación
- Requisitos básicos:
- Todas las operaciones deben estar documentadas mediante facturas, incluso las realizadas a particulares.
- Las facturas deben incluir:
- Datos del emisor (nombre, NIF, dirección).
- Datos del cliente (nombre y NIF si es empresa).
- Descripción de los servicios o productos prestados.
- Base imponible, tipo de IVA y total.
- Desglose del IVA:
- Es obligatorio especificar el tipo de IVA aplicable (21% o 10%) dependiendo del servicio o producto.
- En el caso de facturación mixta (servicios y productos con diferentes tipos de IVA), cada partida debe reflejarse por separado.
Libros de registro obligatorios
- Para autónomos:
- Libro de ingresos: Registro de todas las ventas y servicios prestados.
- Libro de gastos: Registro de todos los gastos deducibles.
- Libro de bienes de inversión: Control de los activos adquiridos para la actividad.
- Libro de provisiones de fondos y suplidos: En caso de gestionar fondos de clientes para terceros.
- Para sociedades:
- Cuentas anuales: Registro completo de ingresos, gastos, activos y pasivos según el Plan General de Contabilidad.
- Control de inventarios: Específicamente en clínicas que vendan productos, como medicamentos o alimentos para mascotas.
Emisión de tickets vs. facturas
- Los tickets pueden emitirse en ventas a particulares cuando el importe no supere los 400 € con IVA Incluido, pero para operaciones superiores o cuando el cliente lo solicite, debe emitirse una factura completa.
Conservación de documentos
- Las facturas, libros de registro y demás documentos contables deben conservarse durante un mínimo de 4 años para posibles inspecciones de Hacienda y 6 años en el ámbito mercantil.
Errores frecuentes
- No desglose adecuado del IVA en las facturas.
- Omisión de ciertas operaciones en los libros de registro.
- Facturación incorrecta a clientes empresariales, lo que dificulta la deducción del IVA.
Recomendación: Utilizar un software de facturación y contabilidad adaptado al sector veterinario facilita el cumplimiento de estas obligaciones y reduce el riesgo de errores. Además, contar con un asesor fiscal puede ayudar a mantener todo en orden y responder ante posibles inspecciones.
Particularidades y excepciones fiscales del sector veterinario
La actividad veterinaria tiene particularidades específicas que impactan en la fiscalidad, especialmente en el tratamiento del IVA y en algunas exenciones aplicables a ciertos servicios y productos. Estas excepciones son importantes para optimizar la tributación y evitar errores en las declaraciones fiscales.
Servicios exentos o con IVA reducido
- Servicios exentos:
- En general, los servicios veterinarios no están exentos de IVA, salvo en casos muy concretos relacionados con explotaciones agrícolas o ganaderas.
- Servicios con IVA reducido (10%):
- Servicios veterinarios prestados directamente a titulares de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas, siempre que sean necesarios para el desarrollo de dichas actividades.
- Medicamentos de uso veterinario vendidos a explotaciones ganaderas o agrícolas.
Medicamentos y productos veterinarios
- IVA reducido (10%):
- Medicamentos de uso veterinario ganadero regulados por ley.
- IVA general (21%):
- Complementos alimenticios, productos de higiene para animales y cualquier otro artículo no considerado medicamento.
Venta de productos y servicios combinados
En el caso de clínicas veterinarias que combinen servicios (consulta, cirugías) con la venta de productos (medicamentos, alimentos, accesorios), es esencial aplicar correctamente los tipos de IVA correspondientes a cada categoría, reflejándolo claramente en las facturas.
Operaciones internacionales
- Importación de medicamentos: En caso de importar medicamentos o equipos veterinarios de otros países, pueden aplicarse normativas especiales de IVA e impuestos aduaneros.
- Exportaciones de servicios: Si los servicios veterinarios se prestan a empresas fuera de España, pueden estar exentos de IVA bajo ciertas condiciones.
Ejemplos prácticos
- Consulta veterinaria para una mascota: Se aplica IVA del 21%.
- Venta de un medicamento para una explotación ganadera: IVA del 10%.
- Venta de un accesorio o alimento para mascotas: IVA del 21%.
Errores comunes
- Aplicar el IVA reducido a servicios no relacionados con explotaciones ganaderas.
- No desglosar correctamente el IVA en la venta combinada de productos y servicios.
- Desconocer las normativas específicas para medicamentos.
Nota: Estas particularidades requieren un conocimiento detallado de la normativa fiscal. Es recomendable contar con un asesor especializado para asegurar que se apliquen correctamente y evitar posibles sanciones.
Recomendaciones para veterinarios
Además de cumplir con las obligaciones fiscales, contables y laborales, los veterinarios deben implementar prácticas de gestión que les permitan optimizar sus recursos y evitar problemas legales o financieros. Aquí algunas recomendaciones clave:
Gestión fiscal eficiente
- Contar con un asesor especializado: La normativa fiscal y laboral para veterinarios es compleja y puede cambiar con frecuencia. Un profesional actualizado puede prevenir errores y optimizar la carga fiscal.
- Automatización de procesos: Utilizar herramientas de software para la facturación, contabilidad e inventarios reduce el riesgo de errores y mejora la eficiencia operativa.
- Revisión periódica de la fiscalidad: Analizar las operaciones para asegurarse de que se están aplicando correctamente los tipos de IVA, deducciones y exenciones.
Organización contable
- Mantener un registro actualizado: Tanto para autónomos como para sociedades, es fundamental llevar al día los libros de ingresos, gastos y bienes de inversión.
- Separar gastos personales y profesionales: Especialmente en el caso de los autónomos, evitar mezclar cuentas para facilitar el control fiscal.
- Preparar cierres trimestrales: Realizar revisiones internas cada trimestre para detectar posibles errores antes de presentar las declaraciones.
Cumplimiento laboral
- Aplicar correctamente el convenio laboral: Asegurarse de que los contratos y condiciones laborales cumplan con el Convenio de Centros y Servicios Veterinarios.
- Gestión de horarios y guardias: Planificar rotaciones de manera justa y documentarlas adecuadamente para evitar conflictos con los empleados.
- Formación de equipos: Invertir en la capacitación de veterinarios supervisados o en prácticas para cumplir con las normativas y mejorar el nivel del equipo.
Optimización del negocio
- Especialización. Es habitual la especialización como exóticos, felinos, o contar con especialidades clínicas.
- Diversificación de servicios: Ofrecer servicios adicionales como peluquería, adiestramiento o venta de productos puede aumentar los ingresos de una clínica.
- Control de costos: Revisar periódicamente los costos operativos para identificar áreas donde se pueda ahorrar sin comprometer la calidad.
- Fidelización de clientes: Programas de descuentos, recordatorios de revisiones y servicios personalizados ayudan a mantener una base de clientes recurrentes.
Preparación para inspecciones
- Organización de documentos: Tener facturas, libros contables y contratos laborales al día para responder rápidamente a cualquier requerimiento de Hacienda o inspección laboral.
- Auditorías internas: Realizar auditorías periódicas para identificar y corregir posibles incumplimientos o errores.
Conclusión: Una gestión integral y proactiva no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que también mejora la sostenibilidad y el crecimiento del negocio veterinario.
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La actividad veterinaria en España presenta retos específicos, pero también oportunidades para optimizar tanto la gestión fiscal como la contable y laboral. Conocer y aplicar correctamente las normativas, como el IVA diferenciado, las obligaciones de IRPF y las particularidades del Convenio de Centros y Servicios Veterinarios, permite no solo evitar sanciones, sino también construir un negocio más sostenible y rentable.
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